Portland injury attorney

¿Debe una conductora ebria demandar al bar que la atendió mal?

Los intrépidos abogados de Pickett Dummigan trajeron una demanda inusual hace un tiempo relacionada con un accidente por conducir ebrio. Representan a Ashley Schutz por lesiones extremadamente graves que sufrió después de beber demasiado alcohol y causar un accidente automovilístico. La demanda es compleja y tiene múltiples demandados y causas de acción, pero en esta publicación, me centraré en una parte pequeña y muy interesante del caso, que involucra parte de la reclamación de la Sra. Schutz contra La Costita, el bar que le sirvió el alcohol.

Ya puedo escuchar la pregunta“Pero fue culpa de Schutz que ella bebiera y condujera; ¿cómo podría demandar al bar por un accidente que fue su propia culpa?” ¡Continúa leyendo, intrépido lector del blog! 

Esta parte en particular de su demanda alega que el bar le sirvió mucho más alcohol del que debían. Su nivel de alcohol en sangre era tres veces el límite legal después del choque. Los bares están obligados a tener meseros que estén bien capacitados y que cumplan con las reglas de la OLCC. Una de esas reglas es que no pueden servir a alguien que esté “visiblemente intoxicado”. ¿Estaba Schutz visiblemente intoxicada y La Costita le sirvió de todos modos? Nunca lo sabremos, al menos tal como están las cosas ahora, porque el Tribunal de Apelaciones de Oregón ha ratificado una ley, ORS 471.565, que establece que una persona que estaba bebiendo no puede demandar al bar que le sirvió en exceso, sin tener en cuenta los hechos reales de la situación en particular.oregon drunk driving accident lawyer

¿Tiene sentido esta ley? Bueno, mucha gente piensa que sí. Si un bar le vende demasiado alcohol a Jack, quien luego atropella a Alice con su auto, entonces Alice puede demandar al bar por embriagar a Jack, pero Jack no puede demandar al bar. Es una ley de responsabilidad personal. Jack se embriagó solo y no debería poder transferir esa responsabilidad al bar que le sirvió.

Ese es el argumento, de todos modos. Contraargumento: ahora el bar se sale con la suya por incumplir las directrices de la OLCC sobre el servicio excesivo. Y no te equivoques: La Costita sirvió a una mujer de 24 años que estaba bebiendo con su jefe, y le sirvieron lo suficiente para que triplicara el límite legal. Dependiendo de su peso corporal y del tiempo transcurrido, probablemente sean de seis a nueve copas, aunque podrían ser incluso más.

Basándonos en la decisión de la Corte de Apelaciones, uno de los argumentos que su abogado Randy Pickett expuso fue que la ley que prohíbe a las personas demandar a un bar que les sirvió en exceso viola el Artículo I, Sección 10 de la Constitución de Oregón. Esta es una sección muy querida de la Constitución de nuestro estado que dice: ”. . . todo hombre tendrá remedio por el debido proceso legal por la lesión que se le haga en su persona, propiedad o reputación.” Por lo tanto, el argumento de Pickett es que ORS 471.565 es inconstitucional porque deja a Schutz sin ningún remedio por una lesión que le causó el restaurante.

Un jurado ya tiene la obligación de comparar la negligencia de las distintas partes antes de emitir un veredicto; es decir, debe decidir quién es responsable y en qué medida. Así que si un jurado decidiera que Schutz fue responsable en un 50% (debería haber dejado de beber antes o tomado un taxi), pero La Cosita también fue responsable en un 50% (deberían haber dejado de servirle antes o haberle llamado un taxi), entonces La Cosita sería responsable de un 50% de los daños.

Y lo que es más, si La Cosita tuviera una responsabilidad del 49% o menos, no tendría que pagar nada en absoluto, según las leyes de negligencia comparativa de Oregón. Así que ya existe un mecanismo mediante el cual un jurado compuesto por nuestros pares puede determinar de quién fue la culpa. El ORS 471.565 elimina la posibilidad de que un jurado considere los hechos de esta situación en particular y tome una decisión informada. Le quita a Schutz el derecho a su día en la corte, y espero que la Corte Suprema lo declare inconstitucional.

La Corte de Apelaciones tomó en serio este argumento pero decidió en contra basándose en casos previos de la Corte Suprema de Oregón. No tengo información privilegiada sobre este caso, ni he hablado con ninguno de los abogados involucrados, pero mi suposición es que Pickett Dummigan esperaba perder en la Corte de Apelaciones, y que su plan es usar este caso para pedirle a la Corte Suprema que reconsidere la constitucionalidad de ORS 471.565.

Como dije al principio, se necesita un abogado valiente para presentar un caso que pida a la Corte Suprema que declare inconstitucional una ley. Estarán invirtiendo años de litigio, y mucho tiempo y dinero, sin ninguna esperanza de recuperar nada si no ganan. Y es una posibilidad remota. Portland abogados de lesiones personales como Pickett, y otros que están dispuestos a asumir este tipo de riesgo legal, son héroes en mi opinión.

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